El Juzgado Federal de Río Grande de Tierra del Fuego se declaró competente para intervenir en una “acción preventiva de daño ambiental y soberano de incidencia colectiva” que promovió el Centro de Ex Combatientes de las Islas Malvinas (CECIM) La Plata y la Asociación Civil de Abogados Ambientalistas (AAdeAA) contra las firmas petroleras Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited. Los denunciantes piden una cautelar que frene las obras del proyecto hidrocarburífero “León Marino” (Sea Lion) sobre la plataforma continental argentina en Malvinas.
La jueza Mariel Borruto retomó los fundamentos de la fiscalía y sostuvo que existen razones concurrentes por la materia, el territorio y la jurisdicción internacional que justifican la intervención de la Justicia Federal.
“La decisión constituye un paso de enorme relevancia porque reconoce la dimensión federal, ambiental y soberana del conflicto planteado”, señalaron desde el CECIM.
La semana pasada el presidente del CECIM, Rodolfo Carrizo, y el de la Asociación de Abogados Ambientalistas, Enrique Viale, presentaron en la justicia fueguina una acción preventiva de daño ambiental y soberano de incidencia colectiva, a través de la cual pidieron como cautelar “una medida de no innovar que paralice el inicio o continuación de las obras: perforaciones, movimientos del lecho marino, oleoductos, infraestructura de fondeo y demás trabajos relacionados con ‘León Marino’ (Sea Lion) y los pozos adyacentes”, señalaron.
Concretamente, la denuncia remarca que la actividad que pretenden realizar Rockhopper y Navitas es “susceptible de producir graves daños ambientales sobre recursos naturales pertenecientes a la República Argentina”.
En ese camino, indican que el desarrollo del proyecto Sea Lion se lleva a cabo “sin que sus autoridades competentes hayan podido evaluar sus consecuencias ambientales”, mientras que tampoco el Estado argentino “ha podido acceder y controlar integralmente la información técnica, exigir estudios independientes, aplicar los principios de prevención y precaución, garantizar la participación ciudadana y finalmente aprobar o rechazar el proyecto”.
En respuesta a dicha solicitud, la magistrada ratificó la competencia del fuero federal.
La resolución de Borruto parte de una realidad física: el Atlántico Sur constituye un sistema ambiental conectado por corrientes, dinámicas oceanográficas y ecosistemas que atraviesan jurisdicciones. Una afectación producida allí puede proyectarse sobre recursos ambientales interjurisdiccionales del Mar Argentino y de las Islas del Atlántico Sur.
“La participación de la AAdeAA como copresentante de la acción expresa precisamente esa dimensión ambiental del conflicto y la necesidad de una tutela preventiva frente a un proyecto capaz de producir impactos que exceden cualquier frontera administrativa”, señalaron desde el CECIM.
La cuestión soberana
Por su parte, el Tribunal consideró en su fallo que “la infraestructura impugnada —pozos subsea, unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, líneas de flujo y risers— se instala materialmente sobre el lecho y el subsuelo de la plataforma continental sometida a la jurisdicción marítima de la Nación”.
Además, remarcó que la acción no se agota en una controversia técnico-ambiental, pues “subyace en ella la defensa de la soberanía nacional, bien colectivo indivisible que reviste la calidad de interés federal por antonomasia”.
“Concurren así, de modo simultáneo, factores de atribución en razón de la materia, de las personas y del lugar, que configuran un supuesto de competencia federal insustituible”, remarcó Borruto.
La resolución también reconoce el carácter colectivo de la controversia y dispone dar intervención a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a través de su Fiscalía de Estado, atendiendo a los intereses patrimoniales y ambientales comprometidos y a las competencias concurrentes existentes en materia ambiental.
Las medidas preventivas solicitadas esperan a ser resueltas cuando se cumplan otros pasos procesales. “Para el CECIM y la AAdeAA, esta resolución marca un punto importante en un camino que recién comienza”, señalaron. “Malvinas también se defiende haciendo efectivo el derecho allí donde otros pretenden convertir nuestros bienes naturales en hechos consumados”, concluyeron.
Se trata de una acción preventiva de daño ambiental y soberano de que apunta frenar el proyecto Sea Lion. Fue impulsada por el Centro de Ex Combatientes (CECIM) La Plata y la Asociación de Abogados Ambientalistas (AAdeAA). La jueza Mariel Borruto, se declaró competente.
El Juzgado Federal de Río Grande de Tierra del Fuego se declaró competente para intervenir en una “acción preventiva de daño ambiental y soberano de incidencia colectiva” que promovió el Centro de Ex Combatientes de las Islas Malvinas (CECIM) La Plata y la Asociación Civil de Abogados Ambientalistas (AAdeAA) contra las firmas petroleras Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited. Los denunciantes piden una cautelar que frene las obras del proyecto hidrocarburífero “León Marino” (Sea Lion) sobre la plataforma continental argentina en Malvinas.
La jueza Mariel Borruto retomó los fundamentos de la fiscalía y sostuvo que existen razones concurrentes por la materia, el territorio y la jurisdicción internacional que justifican la intervención de la Justicia Federal.
“La decisión constituye un paso de enorme relevancia porque reconoce la dimensión federal, ambiental y soberana del conflicto planteado”, señalaron desde el CECIM.
La semana pasada el presidente del CECIM, Rodolfo Carrizo, y el de la Asociación de Abogados Ambientalistas, Enrique Viale, presentaron en la justicia fueguina una acción preventiva de daño ambiental y soberano de incidencia colectiva, a través de la cual pidieron como cautelar “una medida de no innovar que paralice el inicio o continuación de las obras: perforaciones, movimientos del lecho marino, oleoductos, infraestructura de fondeo y demás trabajos relacionados con ‘León Marino’ (Sea Lion) y los pozos adyacentes”, señalaron.
Concretamente, la denuncia remarca que la actividad que pretenden realizar Rockhopper y Navitas es “susceptible de producir graves daños ambientales sobre recursos naturales pertenecientes a la República Argentina”.
En ese camino, indican que el desarrollo del proyecto Sea Lion se lleva a cabo “sin que sus autoridades competentes hayan podido evaluar sus consecuencias ambientales”, mientras que tampoco el Estado argentino “ha podido acceder y controlar integralmente la información técnica, exigir estudios independientes, aplicar los principios de prevención y precaución, garantizar la participación ciudadana y finalmente aprobar o rechazar el proyecto”.
En respuesta a dicha solicitud, la magistrada ratificó la competencia del fuero federal.
La resolución de Borruto parte de una realidad física: el Atlántico Sur constituye un sistema ambiental conectado por corrientes, dinámicas oceanográficas y ecosistemas que atraviesan jurisdicciones. Una afectación producida allí puede proyectarse sobre recursos ambientales interjurisdiccionales del Mar Argentino y de las Islas del Atlántico Sur.
“La participación de la AAdeAA como copresentante de la acción expresa precisamente esa dimensión ambiental del conflicto y la necesidad de una tutela preventiva frente a un proyecto capaz de producir impactos que exceden cualquier frontera administrativa”, señalaron desde el CECIM.
Por su parte, el Tribunal consideró en su fallo que “la infraestructura impugnada —pozos subsea, unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, líneas de flujo y risers— se instala materialmente sobre el lecho y el subsuelo de la plataforma continental sometida a la jurisdicción marítima de la Nación”.
Además, remarcó que la acción no se agota en una controversia técnico-ambiental, pues “subyace en ella la defensa de la soberanía nacional, bien colectivo indivisible que reviste la calidad de interés federal por antonomasia”.
“Concurren así, de modo simultáneo, factores de atribución en razón de la materia, de las personas y del lugar, que configuran un supuesto de competencia federal insustituible”, remarcó Borruto.
La resolución también reconoce el carácter colectivo de la controversia y dispone dar intervención a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a través de su Fiscalía de Estado, atendiendo a los intereses patrimoniales y ambientales comprometidos y a las competencias concurrentes existentes en materia ambiental.
Las medidas preventivas solicitadas esperan a ser resueltas cuando se cumplan otros pasos procesales. “Para el CECIM y la AAdeAA, esta resolución marca un punto importante en un camino que recién comienza”, señalaron. “Malvinas también se defiende haciendo efectivo el derecho allí donde otros pretenden convertir nuestros bienes naturales en hechos consumados”, concluyeron.
Política – Tiempo Argentino